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Horas Extras - Inspección Trabajo Sanciona centro Badajoz




Durante el último año el Comité de Empresa ha interpuesto varias denuncias en Inspección de Trabajo por la realización de horas extras de manera ilegal en nuestro centro. 

Hemos recibido por parte de Inspección de Trabajo la resolución de estas denuncias. Os comunicamos que la Inspección de Trabajo ha dado la razón al Comité y ha sancionado a la empresa, abriendo "acta de Infracción" en materia laboral al no cumplir ni el Estatuto de los Trabajadores ni el anterior requerimiento de Inspección.

Se da la circunstancia además de que la empresa, en un intento de evitar ser sancionada, envió a la Inspección de Trabajo el pasado 21 de Octubre copia de un acta de una reunión mantenida el 15 de Octubre con la Sección Sindical de CCOO de Indra Software Labs (reunión en la que participamos varios miembros de este Comité); en esa reunión la empresa simplemente expresó  su deseo de sentarse a negociar en materia de horas extras y guardias, no concretando ni convocando ninguna negociación como pretendió hacer creer con dicho acta.

La Inspección de Trabajo de Badajoz no se ha dejado engañar con esta maniobra: la empresa puede querer negociar, sí, pero como primer paso debe cumplir la ley. Como sabéis, la empresa debe registrar horas extras, pagarlas adecuadamente y controlar que se cumple con la normativa vigente.

Desde el Comité de Empresa seguiremos luchando para que se respeten los derechos de los trabajadores de nuestro centro, lucha que, como no podía ser de otra manera, ha sido refrendada por la Inspección de Trabajo.

Comité Empresa ISL Badajoz

Vivir para Trabajar



El exceso de trabajo es un factor de riesgo laboral no sólo por la mayor probabilidad de que dicho riesgo

se traduzca en un daño para el trabajador sino porque puede generar alteraciones de la salud, incluso la 
propia muerte, bien por algún tipo de dolencia directamente conectada con el sobre esfuerzo (paro cardiaco, ictus, etc.),

o bien derivada de algún patología intermedia como el estrés (que desencadene un suicidio de origen laboral, por ejemplo).



A la hora de ponderar la repercusión de la jornada de trabajo en la salud se debe tener muy presente el desfase
irreductible que separa la organización prescrita del trabajo y la organización real de éste.

Seguramente la distancia entre la jornada teórica y la real será muy significativa ya que nos encontramos en un sistema
productivo donde la flexibilidad se consigue fundamentalmente a través de las horas extras realizadas por la

propia plantilla, sin recursos a planificaciones complejas de la organización de trabajo. No es un secreto la 
existencia de un número importante de horas extraordinarias, no declaradas, por encima de las legales de tal

manera que la jornada real media es una incógnita pero supera, seguro, el máximo legal.


Además, las jornadas se vuelven más largas con los trabajadores con menor poder negociador.

Efectividad en el Servicio


Estimados compañeros/as.

Queremos hacer pública nuestra más sincera repulsa a determinados contenidos del curso de formación que están realizando algunos compañeros y que se llama "Efectividad en el servicio"; os ponemos a continuación un extracto del mismo:

“2. EL IMPACTO DEL COMPROMISO
Hace unas semanas la Gerente de Soporte Tecnológico de una gran empresa de telecomunicaciones me narraba como acababan de resolver una “crisis” con su cliente más importante. Todo el sistema de transmisión de datos se había caído por la tarde y el equipo de soporte estuvo trabajando hasta las 6 de la madrugada para resolverlo. Ana me contaba orgullosa como la mayor parte de los miembros del equipo se marcharon a casa, se dieron una ducha y volvieron 3 horas más tarde para incorporarse a la jornada laboral, aunque ella había establecido un plan de relevos para ese día. Tan solo una persona se había negado a quedarse en el trabajo al finalizar su horario, y dos colaboradores se marcharon antes de resolver la situación.

Ana había trasladado al Director del Departamento el buen hacer y la predisposición de su equipo, que les felicitó públicamente. Además, había reorganizado el trabajo semanal para que pudiesen disfrutar, aquellos que habían participado en la resolución de la incidencia, de dos días de vacaciones durante el mes.

Pese a lo satisfecha que estaba con la actitud general de sus colaboradores, se le notaba molesta por el comportamiento de algunas de las personas del equipo, que no se habían implicado en una situación tan crítica para la empresa.

La experiencia de Ana dirigiendo grupos es muy extensa y conoce perfectamente que las razones por las que el comportamiento de unas personas es diferente al de otras al enfrentarse al trabajo diario, o a las contingencias extraordinarias, está muy vinculado a su grado de compromiso con la organización y las responsabilidades que asume cada uno.

Aún así debí recordarle que el compromiso se basa en motivaciones personales, aunque ella, como jefa de equipo, también tiene responsabilidades en la transmisión de determinados valores y comportamientos en la compañía. En este caso, su misión debía ser la de conocer qué elementos conformaban el compromiso de sus colaboradores.

A grandes rasgos, lo que quiere transmitir este texto es que, ante una situación de crisis para la empresa, hay trabajadores comprometidos que responden y otros que no. Que los trabajadores deben dar siempre más a cualquier precio. Que la responsabilidad de estar comprometido con la empresa corresponde únicamente al trabajador. Mensajes centrados en beneficiar a la empresa sin tener en cuenta al trabajador.

Lo que nosotros vemos en este texto es una gestora que presiona a un grupo de trabajadores para solucionar una crisis, llegando a molestarse con aquellos que “no responden”, sin tener en cuenta las circunstancias personales de cada trabajador y las medidas de conciliación familiar. Del texto se desprende que la empresa no es clara en la forma de realizar horas extras, en la forma de compensarlas y en la voluntariedad de las mismas; y, lo más lamentable de todo, es que lo que realmente busca este “texto” es enfrentar a los trabajadores, que cuando un compañero ejerza su derecho a no dar horas extras el resto le mire mal, cuestione su compromiso con la empresa, su profesionalidad, e, incluso, su integridad profesional.

Vamos a desmontar argumentos:


1. "...la mayor parte de los miembros del equipo se marcharon a casa, se dieron una ducha y volvieron 3 horas más tarde para incorporarse a la jornada laboral, ...."
Incumpliendo gravemente la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, estableciendo una jornada maratoriana, sin respetar los descansos mínimos y poniendo en grave riesgo la salud de los trabajadores.

2. “Tan solo una persona se había negado a trabajar …”.
Volvemos a insistir en lo mismo: las horas extras son voluntarias; ¿por qué tenemos que asumir nosotros muchas veces la mala organización y planificación de los proyectos?

3. “…se le notaba molesta por el comportamiento de algunas de las personas del equipo….”.
La gestora no se preocupa en ningún momento de las razones de los trabajadores para negarse o no quedarse hasta el final. ¿Y si esos trabajadores tienen cargas familiares que imposibilitan dar esas horas extras o cualquier otro compromiso privado?

4. “…había reorganizado el trabajo semanal para que pudiesen disfrutar, …, de dos días de vacaciones durante el mes”.
Faltaría más que te hagan trabajar durante la tarde-noche y no se compense al trabajador. Pero, ¿por qué establece la gestora la forma de “compensar” esas horas y por que lo decide en el momento? ¿Es que la empresa no tienen un claro procedimiento para pagar las horas extras? ¿Es que el trabajador no cuenta para nada?.

5. “…el compromiso se basa en motivaciones personales…”.
Desde el momento en que abordan este tema dan por supuesto la falta de compromiso y motivación personal del trabajador. Y es que ¿tiene que estar desmotivado el trabajador para no cumplir los deseos de la empresa? ¿No puede ser que la empresa esté invadiendo su vida privada?

En cualquier caso, la desmotivación de un trabajador no tiene por qué ser solamente fruto de cuestiones personales, también puede serlo por la actitud de una empresa que pretende del trabajador disponibilidad absoluta sin importarle las personas, subidas de sueldo que no llegan, sistema de promoción opaco y mentiras en las promociones profesionales.

¿Esta es la clase de cursos que ofrece Indra a sus trabajadores con parte de nuestro sueldo? ¿Esta es la clase de "mandos" que quiere Indra? Gestores sin empatía hacia sus subordinados, para los que solo importa el fin y no las personas. ¿Esta es la política real de conciliación que quiere la empresa? ¿Cuándo empezará a llamar a las cosas por su nombre? De lo que hablan es de HORAS EXTRA, por más que sean palabras tabú: no es sobre-esfuerzo; no es un favor que se compensará; no es una obligación

Pero, sobre todo, compañeros, pensad que cualquiera de nosotros, en cualquier momento, puede ser el que no pueda o no quiera hacer horas, y, a la vista de estos cursos, a la empresa no le importarán los motivos de cada uno. La empresa ya nos lo pone bastante difícil, no va a conseguir que los trabajadores contribuyamos a ello.

Tenemos que estar UNIDOS.

Resolución Denuncia Horas Extras

Estimados/as compañeros/as:


Hemos recibido por parte de la Inspección de Trabajo la notificación sobre la resolución de la denuncia por las horas extras que el Comité interpuso ante este organismo.



En esa notificación, la inspectora, ante la evidencia de ver que había trabajadores fuera del horario laboral trabajando en nuestro centro y las pruebas aportadas por el Comité de Empresa, ha exigido a la empresa mediante un Requerimiento Formal que se respete el Estatuto de los Trabajadores y que implante un sistema de registro de horas extras que permita a los trabajadores llevar un control de las horas dadas. Además, ha pedido que se informe a los representantes de los trabajadores sobre las horas extras que se dan en el centro.



La empresa, en un acto de hipocresía, ha argumentado a la inspección que en nuestra empresa, lo que existe es flexibilidad horaria, que no se dan horas extras, que si un trabajador sale 3 horas más tarde, al día siguiente puede retrasar su entrada otras 3 horas. Como podéis ver, a nosotros nos venden los sobre-esfuerzos, pero ante la autoridad laboral, cambian de argumento, con la única finalidad de engañar a la inspección, engaño que por supuesto no han conseguido.



Vosotros conocéis también la verdad, y aunque efectivamente existe flexibilidad, tiene un límite, sabéis muy bien que en muchos proyectos no es posible aplicar esa flexibilidad. Y que cuando trabajáis hasta más tarde entre semana o los fines de semana, a veces incluso si quisierais no tenéis la posibilidad de cogeros ese tiempo en días.



Por nuestra parte, hemos exigido a la empresa, por escrito, que respete el requerimiento de la inspección y que de una vez por todas implante un control de las horas extras que se dan en el centro.



La importancia del tratamiento normal de las horas extras y el uso de un registro legal permitirá entre otras cosas que podáis llevar el control de horas que realizáis, que se os pague en un tiempo razonable, que en vuestra nómina figure como horas extras, que se cobren como mínimo a 1,75%, que si os vais de la empresa cobraréis esas horas, que en caso de accidente sea considerado con total seguridad como accidente in-itinere y que se respeten los límites de horas anuales.



No dudéis que seguiremos velando para que se respeten nuestros derechos y que tomaremos todas las medidas legales que sean necesarias si la empresa sigue en su postura de ignorar nuestros derechos.


¡INFORMA Y COLABORA CON EL COMITÉ DE EMPRESA!
¡NO TE CALLES Y DEFIENDE TUS DERECHOS!

Importancia registro de horas extras

Estimadas/os compañeras/os,

Es necesario informaros de que la negativa por parte de la empresa a realizar las peticiones de horas extras siguiendo el procedimiento legal (informando por escrito del y al personal afectado, horario, retribución y argumentación sobre la necesidad de realización de dichas horas extra), conlleva que la empresa carezca de un registro oficial de las mismas, lo cual puede suponer perjuicios mucho mayores que la "simple" cuestión económica sobre la retribución que se debería recibir por las horas realizadas.


En concreto, en caso de que a la vuelta a vuestros hogares desde el centro de trabajo tuvieseis un accidente (ojalá no ocurra nunca), dicha circunstancia en principio tendría que considerarse como un accidente in itinere; actualmente podría no suceder así ya que no existe constancia oficial de que dicho trayecto lo estuvierais realizando como parte de vuestro desempeño profesional.
coche-sin-rueda.jpg

La consecuencia directa es que, en caso de tener que daros de baja a raíz de dicho accidente, dicha baja podría no ser una contingencia profesional sino una contingencia común, es decir, no sería considerado un accidente in itinere ya que "no estaríais de vuelta del trabajo".

¿En qué nos afecta esto?

  1. Si es enfermedad por contingencia común, la Seguridad Social da una prestación del 60% de la base reguladora del trabajador (el salario) entre los días 4 y 20 desde el inicio de la baja, y el 75% a partir del día 21; en caso de ser contingencia profesional, se cobra el 75% de la base reguladora desde el primer día de la baja*.

  1. Como base de cotización para determinar la cuantía del cobro de la prestación se tomaría la de contingencias comunes y no la de contingencias profesionales, la cual incluye los cobros de horas extra (como ya sabéis, actualmente no existe este concepto en nuestras nóminas).

  1. Si no se considera accidente in itinere no se tendría derecho a ninguna indemnización prevista para estos casos, como podrían ser las indemnizaciones por lesiones permanentes no invalidantes o por fallecimiento.

  1. El coste de los medicamentos en caso de baja por contingencias profesionales es gratuito para el trabajador, teniendo que costearlos la empresa.

  1. En caso de que la empresa tenga mutua, como es el caso, es ésta la que ha de proveer la asistencia sanitaria, rehabilitación, etc., que precise el trabajador, no teniendo que sufrir los típicos retrasos de la Seguridad Social.

  1. En caso de que el accidente suponga incapacidad permanente, la normal general para la pensión es del 55% de la base reguladora en caso de contingencia común. En caso de accidente laboral, se puede elevar de un 30% a un 50%.  Hay que tener en cuenta además que la base reguladora se calcula de forma diferente en ambos supuestos, siendo más alta la del accidente laboral.

  1. Problemáticas semejantes a lo anterior suceden con la pensión de viudedad u orfandad; en realidad se agravan por ser importes menores...

  1. Al no tratarse como accidente laboral, se esconde un problema: la evidencia de unos riesgos que se materializan y que deben prevenirse. En los accidentes laborales se ha de efectuar una investigación e informar a varios organismos y al Comité de Empresa. Esta información permitiría poder realizar tareas de prevención con el objetivo de evitar que puedan o vuelvan a suceder ese tipo de accidentes. Ocultándolo no se investiga, no se trata, no se informa, no se previene...


* Es necesario aclarar que Indra Software Labs complementa el salario que percibe el trabajador durante las bajas por enfermedad por contingencias comunes hasta el alcanzar el 100% del salario habitual del trabajador los tres primeros días de la baja y desde el quinto día al primer mes de la baja; el Convenio actual contempla este complemento sólo en enfermedades superiores al mes de duración durante el primer año de la misma.

Cambio de Mentalidad

Estimado compañero/a:


En relación al tema de las horas extras nos dirigimos hoy a ti para invitarte a hacer una pequeña reflexión.


En casi todos los proyectos hay temas urgentes y épocas que requieren un esfuerzo adicional, probablemente en el tuyo también sea así.

Sabemos muy bien, que cuando esto ocurre, y muchas veces por una mala gestión o planificación, acabas realizando un esfuerzo para que el trabajo culmine de manera satisfactoria y dentro del plazo establecido, anteponiendo muchas veces esto a tu vida personal.

O lo que es lo mismo:  tu compromiso, profesionalidad y esfuerzo están fuera de toda duda, aunque muchas veces nadie te lo agradezca ni considere.
julio_horas.png


Y ya que tu tu cumples "tu parte" … ¿No debería la empresa cumplir su parte también… cumplir las normas...?


¿Por qué cuando realizas estos esfuerzos te has de sentir mal por solicitar las horas extras, que se registren, que se respeten los límites y se te paguen correctamente en plazo y cantidad? Tal vez sea porque, cuando te solicitan estos esfuerzos, lo hacen usando frases como "cosas que pasan", "esta profesión es así", "es que si tú te vas Fulanito tiene que quedarse", etc..  


¿No crees que al igual que tu pones todo de tu parte para que el trabajo salga adelante, la empresa debería hacer lo mismo?, y la realización de las horas extras sea algo totalmente normal (como ocurre en muchas otras empresas del sector) y se te paguen como realmente te mereces


No dudes en ponerte en contacto con nosotros si te quieren obligar a la realización de horas extras, si recibes presiones o consideras que tus derechos están siendo atropellados.


¡INFORMA Y COLABORA CON EL COMITÉ DE EMPRESA!

¡NO TE CALLES Y DEFIENDE TUS DERECHOS!