Estimados/as compañeros/as:
Hemos recibido por parte de la Inspección de Trabajo la notificación sobre la resolución de la denuncia por las horas extras que el Comité interpuso ante este organismo.
En esa notificación, la inspectora, ante la evidencia de ver que había trabajadores fuera del horario laboral trabajando en nuestro centro y las pruebas aportadas por el Comité de Empresa, ha exigido a la empresa mediante un Requerimiento Formal que se respete el Estatuto de los Trabajadores y que implante un sistema de registro de horas extras que permita a los trabajadores llevar un control de las horas dadas. Además, ha pedido que se informe a los representantes de los trabajadores sobre las horas extras que se dan en el centro.
La empresa, en un acto de hipocresía, ha argumentado a la inspección que en nuestra empresa, lo que existe es flexibilidad horaria, que no se dan horas extras, que si un trabajador sale 3 horas más tarde, al día siguiente puede retrasar su entrada otras 3 horas. Como podéis ver, a nosotros nos venden los sobre-esfuerzos, pero ante la autoridad laboral, cambian de argumento, con la única finalidad de engañar a la inspección, engaño que por supuesto no han conseguido.
Vosotros conocéis también la verdad, y aunque efectivamente existe flexibilidad, tiene un límite, sabéis muy bien que en muchos proyectos no es posible aplicar esa flexibilidad. Y que cuando trabajáis hasta más tarde entre semana o los fines de semana, a veces incluso si quisierais no tenéis la posibilidad de cogeros ese tiempo en días.
Por nuestra parte, hemos exigido a la empresa, por escrito, que respete el requerimiento de la inspección y que de una vez por todas implante un control de las horas extras que se dan en el centro.
La importancia del tratamiento normal de las horas extras y el uso de un registro legal permitirá entre otras cosas que podáis llevar el control de horas que realizáis, que se os pague en un tiempo razonable, que en vuestra nómina figure como horas extras, que se cobren como mínimo a 1,75%, que si os vais de la empresa cobraréis esas horas, que en caso de accidente sea considerado con total seguridad como accidente in-itinere y que se respeten los límites de horas anuales.
No dudéis que seguiremos velando para que se respeten nuestros derechos y que tomaremos todas las medidas legales que sean necesarias si la empresa sigue en su postura de ignorar nuestros derechos.
¡INFORMA Y COLABORA CON EL COMITÉ DE EMPRESA!
¡NO TE CALLES Y DEFIENDE TUS DERECHOS!