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Reunión RRLL y Comité en Inspección de Trabajo 2

Compañeros y compañeras,

Como continuación del correo anterior sobre la reunión mantenida por este Comité con RRLL y la Inspectora de Trabajo que lleva nuestras denuncias, y que tuvo lugar en la propia sede de la Inspección de Trabajo de Badajoz, continuamos con los puntos tratados:

Derecho de información sobre desasignados: si bien la empresa ya nos ha proporcionado esta información, la Inspectora les conminó a remitírnosla trimestralmente, junto con el resto de información solicitada.

Derecho de información sobre despedidos: nuevamente la inspectora instó a la empresa a comunicarnos todas las sanciones por faltas graves que se produzcan; la empresa se comprometió a proporcionarnos dicha información en el plazo de 10 días a contar a partir de la fecha en que se notifique la sanción al trabajador correspondiente.

Derecho de información sobre desplazamientos: siempre que se produzcan desplazamientos de trabajadores desde el centro de Badajoz a otro centro de Indra o a algún cliente, sea con destino nacional o internacional, la empresa está obligada a informar a los Delegados de Prevención. La inspectora volvió a reiterar que la empresa tiene que dar esa información al Comité, y ante las preguntas que hizo a la empresa para intentar dilucidar el motivo por el que no se nos envía, la empresa argumentó que estaba trabajando en una herramienta para facilitar esta información.

Por unos motivos o por otros, la vulneración por parte de la empresa de los derechos de información de los representantes es constante. 

Este Comité lamenta profundamente tener que recurrir a denuncias en Inspección de Trabajo para obligar a la empresa a cumplir con su obligación, pero no cejaremos en nuestro empeño por hacer valer nuestros derechos.